MEMORIA SOMETIDA AL PLENO PARA LA MODIFICACIÓN
DE LOS ESTATUTOS DE 1921:
FEBRERO 1985
MEMORIA QUE SOMETE A LA
CONSIDERACIÓN DEL AYUNTAMIENTO PLENO EL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL MISMO, D.
HORACIO HERRANZ LÁZARO
"Existen en este municipio, desde tiempo inmemorial, unos aprovechamientos
comunales de tierras labrantías que se conocen con la denominación de
FETOSINES y están constituidos por suertes de predios cultivados, que disfrutan
los vecinos por sucesivo y riguroso orden de antigüedad.
Estos aprovechamientos están constituidos por unas tierras denominadas medias
suertes, al paraje denominado El Cuadrón, con una cabida cada media suerte de
aproximadamente seis a siete hectáreas divididas en dos fincas, una a cada
hoja.
Existe en la actualidad, sin que se tenga constancia de la época de que procede
la partición presente, una división del Cuadrón en 110 suertes, que disfrutan
otros tantos vecinos por orden de antigüedad. Toda esta tierra está gravada
con el pago de un canon anual que actualmente se viene percibiendo por el
Ayuntamiento como titular del dominio directo, por un importe para cada
beneficiario del Fetosín, de tres fanegas de trigo y dos fanegas y media de
cebada, actualmente reducido a metálico.
Estos Fetosines se rigen por la Ordenanza reguladora de los mismos, aprobada en
el año 1962 por el Ministerio de la Gobernación, que modifica la anterior
regulación de los mismos, a través del Estatuto
para el aprovechamiento de fetosines del año 1921.
Consolidado el pleno dominio en el Ayuntamiento, por compra del dominio directo
en el año 1960, el disfrute de las suertes que constituye cada festosín, se
lleva a cabo por orden de vecinos.
Ahora bien, sin alterar en lo fundamental las normas consuetudinarias por las
que se rige la adjudicación de los Fetosines, entiende esta Alcaldía que
algunos de los aspectos regulados por dicha Ordenanza deben ser modificados a
fin de adaptarse a la realidad presente.
En base a lo expuesto, esta Alcaldía propone a la Corporación que por la
Comisión de Patrimonio del Ayuntamiento, se realice un estudio y formule una
propuesta de Ordenanza para la regulación y adjudicación de Fetosines.
La Corporación, no obstante, con su superior criterio acordará lo procedente.
Mozoncillo, a 15 de
Febrero de 1985.
EL ALCALDE
DECRETO
En la próxima sesión que celebre el Ayuntamiento Pleno, inclúyase en el Orden
del Día el siguiente punto: "Estudio de renovación de los Estatutos de
Adjudicación de Fetosines".
Lo mandó y firma el Sr. Alcalde-Presidente D. Horacio Herranz Lázaro, en
Mozoncillo a quince de Febrero de 1985.
DILIGENCIA
La pongo yo, el Secretario, para hacer constar que en el cumplimiento de lo
ordenado por el Sr. Alcalde en el anterior decreto, ha quedado incluido en el
Orden del Día de la sesión ordinaria que celebrará el Pleno de este
Ayuntamiento el 22 de los corrientes, el siguiente asunto: "Estudio de
renovación de los Estatutos de Adjudicación de Fetosines.
Mozoncillo, a 21 de
Febrero de 1985. EL SECRETARIO"
D. MIGUEL ANGEL PEÑA
MANSO, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DE MOZONCILLO (SEGOVIA), DEL QUE ES ALCALDE
PRESIDENTE D. HORACIO HERRANZ LÁZARO
CERTIFICO que la Corporación Municipal en sesión ordinaria celebrada el día
22 de los corrientes adoptó, entre otros el siguiente acuerdo:
"Estudio de renovación de los Estatutos de Adjudicación de Fetosines".
Fue puesto de manifiesto por la Presidencia, que a su juicio, los actuales
Estatutos por los que se rige la adjudicación de fetosines en esta localidad,
adolecía de extremos que con el paso del tiempo han quedado desfasados, y no se
adaptan a la realidad presente, y vista la Memoria al respecto en la que se
propone se cree una Comisión para proceder al estudio de la posible renovación
de los Estatutos. La Corporación, tras deliberación al respecto y por
unanimidad acuerda: que por la Comisión de Patrimonio se proceda a realizar
dicho estudio en orden a la renovación de los Estatutos.
Y para que conste y unir al expediente de su razón, expido la presente de orden
y con el visto bueno del Alcalde, en Mozoncillo, a 26 de Febrero de 1985."
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